Legislación › Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia.
Disposición transitoria vigésima segunda. Publicaciones de prensa.
Disposición transitoria vigésima segunda. Publicaciones de prensa.
Los derechos reconocidos a las editoriales de prensa y agencias de noticias para el uso en línea de sus publicaciones por parte de prestadores de servicios de la sociedad de la información no se aplicarán a las publicaciones de prensa que se hayan publicado por vez primera antes del 6 de junio de 2019.
Se añade por el art. 80.10 del Real Decreto-ley 24/2021, de 2 de noviembre. BOE-A-2021-17910
← Disposición transitoria vigésima primera Índice Disposición derogatoria única →


