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Legislación › Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República Federativa de Brasil, hecho en Madrid el 16 de mayo de 1991.

Artículo 3.

Artículo 3.

El presente Convenio se aplicará a las personas que estén o hayan estado sometidas a la legislación de una o ambas Partes Contratantes y a sus familiares y derechohabientes.

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