Legislación › Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República Federativa de Brasil, hecho en Madrid el 16 de mayo de 1991.
Artículo 3.
Artículo 3.
El presente Convenio se aplicará a las personas que estén o hayan estado sometidas a la legislación de una o ambas Partes Contratantes y a sus familiares y derechohabientes.


