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Legislación › Orden de 28 de mayo de 1997 por la que se establece el modelo de Informe Personal de Calificación para el Cuerpo de la Guardia Civil (IPECGUCI) y se aprueban las normas para su cumplimentación.

Disposición transitoria primera.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 7 de junio de 1997 y la del 13 de julio de 2000. Tachado: lo que se quitó (0 palabras). Subrayado: lo que se añadió (20 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición transitoria primera.
El Director general de la Guardia Civil fijará un calendario progresivo de aplicación del (IPECGUCI) al personal de la Escala Básica de Cabos y Guardias, de tal manera que alcance a todos los componentes en el plazo máximo de tres años a contar desde la entrada en vigor de la presente Orden.
Atención: Plazo ampliado hasta el máximo fijado en la disposición transitoria 1 de la Ley 42/1999, de 25 de noviembre.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
13 de julio de 2000 En vigor BOE-A-2000-13170 Leer Qué cambió
7 de junio de 1997 Texto original Leer

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