Legislación › Orden de 28 de mayo de 1997 por la que se establece el modelo de Informe Personal de Calificación para el Cuerpo de la Guardia Civil (IPECGUCI) y se aprueban las normas para su cumplimentación.
Disposición transitoria primera.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 7 de junio de 1997 y la del 13 de julio de 2000.
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Disposición transitoria primera.
El Director general de la Guardia Civil fijará un calendario progresivo de aplicación del (IPECGUCI) al personal de la Escala Básica de Cabos y Guardias, de tal manera que alcance a todos los componentes en el plazo máximo de tres años a contar desde la entrada en vigor de la presente Orden.
Atención: Plazo ampliado hasta el máximo fijado en la disposición transitoria 1 de la Ley 42/1999, de 25 de noviembre.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 13 de julio de 2000 En vigor | BOE-A-2000-13170 | Leer | Qué cambió |
| 7 de junio de 1997 | Texto original | Leer |


