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Legislación › Orden de 19 de junio de 1997 por la que se regulan las operaciones de segregación de principal y cupones de los valores de Deuda del Estado y su reconstitución y se autoriza a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera a formalizar préstamos singulares con instituciones financieras.

Segundo.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 20 de junio de 1997 y la del 26 de julio de 2006. Tachado: lo que se quitó (73 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Segundo.
Autorizar la contratación con entidades financieras de operaciones singulares de préstamo en pesetas fijando sus condiciones.
Se delegan en el Director general del Tesoro y Política Financiera las facultades necesarias para concertar y formalizar las operaciones de préstamo y, en particular, para establecer el procedimiento para seleccionar las entidades prestamistas, los importes, plazos de vencimiento y tipos de interés de cada una de las operaciones que se formalicen en virtud de esta autorización.
(Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
26 de julio de 2006 En vigor BOE-A-2006-13372 Leer Qué cambió
20 de junio de 1997 Texto original Leer

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