LexTotal

Legislación › Real Decreto

Real Decreto 939/1997, de 20 de junio, por el que se regula la afectación al programa de fomento de empleo agrario de créditos para inversiones de las Administraciones Públicas en las Comunidades Autónomas de Andalucía y Extremadura y en las zonas rurales deprimidas.

En vigor Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales · Publicada el 24 de junio de 1997 · Último cambio el 2 de julio de 2016 · Ver en el BOE

Índice

  1. preambulo
  2. Preámbulo
  3. CAPÍTULO I
  4. Artículo 1. Ámbito territorial de aplicación.
  5. Artículo 2. Objeto.
  6. CAPÍTULO II
  7. Sección 1
  8. Artículo 3. Acciones de fomento por el Instituto Nacional de Empleo.
  9. Sección 2
  10. Artículo 4. Créditos para subvencionar la contratación de trabajadores desempleados en proyectos de interés general y social.
  11. Sección 3
  12. Artículo 5. Subvenciones a conceder por el Instituto Nacional de Empleo a las Corporaciones locales.
  13. Artículo 6. Subvenciones a las Corporaciones locales por la contratación de determinados trabajadores para la ejecución de proyectos de interés general y social y de garantía de rentas.
  14. Artículo 7. Subvenciones a las Corporaciones locales para proyectos de interés general y social generadores de empleo estable.
  15. Sección 4
  16. Artículo 8. Subvenciones a otras Administraciones públicas.
  17. Sección 5
  18. Artículo 9. Selección de trabajadores. 2 redacciones · cambió el 12/04/2003
  19. Artículo 10. Responsabilidades familiares.
  20. Artículo 11. Contratación de trabajadores.
  21. Artículo 12. Modalidades de contratos.
  22. Artículo 13. Duración de los contratos.
  23. Artículo 14. Retribución de trabajadores.
  24. Sección 6
  25. Artículo 15. Créditos para subvencionar planes de servicios integrados para el empleo.
  26. Artículo 16. Créditos para subvencionar medidas de fomento del empleo.
  27. Artículo 17. Créditos para subvencionar acciones de formación profesional ocupacional.
  28. Artículo 18. Créditos para subvencionar proyectos de Casas de Oficios.
  29. CAPÍTULO III
  30. Artículo 19. Créditos de organismos inversores de la Administración General del Estado afectos a determinados proyectos.
  31. Artículo 20. Créditos de las Comunidades Autónomas afectos a determinados proyectos.
  32. Artículo 21. Créditos de las Corporaciones locales afectos a determinados proyectos.
  33. Artículo 22. Selección y contratación de trabajadores.
  34. CAPÍTULO IV
  35. Artículo 23. Comisiones Regionales de Seguimiento. 2 redacciones · cambió el 12/04/2003
  36. Artículo 24. Las Comisiones Provinciales de Seguimiento. 2 redacciones · cambió el 12/04/2003
  37. Artículo 25. Los Consejos Comarcales del Instituto Nacional de Empleo. 2 redacciones · cambió el 12/04/2003
  38. Disposición adicional primera. Adaptación de los Consejos Comarcales existentes al presente Real Decreto.
  39. Disposición adicional segunda. Comisiones Regionales y Provinciales de Seguimiento de los planes de empleo en zonas rurales deprimidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
  40. Disposición adicional tercera. Publicidad de la afectación de proyectos al programa de fomento del empleo agrario.
  41. Disposición adicional cuarta. Remisión al Real Decreto 5/1997, de 10 de enero, por el que se regula el subsidio por desempleo en favor de trabajadores eventuales incluidos en el Régimen Especial Agrario.
  42. Disposición adicional quinta. Orden ministerial de 2 de marzo de 1994 por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones por el Instituto Nacional de Empleo, en el ámbito de colaboración con las Corporaciones locales.
  43. Disposición adicional sexta. Reforma y rehabilitación de las casas-cuartel de la Guardia Civil.
  44. Disposición transitoria única. Obras en ejecución.
  45. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  46. Disposición final primera. Derecho supletorio.
  47. Disposición final segunda. Facultades de aplicación y desarrollo.
  48. Disposición final tercera. Entrada en vigor.
  49. Firma
  50. ANEXO