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Legislación › Real Decreto 862/1997, de 6 de junio, por el que se regulan los actos conmemorativos del Día de la Fiesta Nacional de España, en el ámbito del Ministerio de Defensa.

Artículo 2. Parada militar y homenaje a la Bandera.

Artículo 2. Parada militar y homenaje a la Bandera.

De acuerdo con las instrucciones que cada año se dicten al respecto, el Día de la Fiesta Nacional de España tendrá lugar una parada militar.

Asimismo, se llevará a cabo un solemne homenaje de respeto y exaltación a la Bandera de España, enseña de la Patria y símbolo de su unidad y de la convivencia nacional.

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