Legislación › Ley 6/1997, de 22 de mayo, de Ferias Comerciales Oficiales de Castilla y León.
Artículo 2.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 4 de junio de 1997 y la del 27 de diciembre de 2009.
Tachado: lo que se quitó (13 palabras). Subrayado: lo que se añadió (17 palabras).
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Artículo 2.
Las denominaciones «Feria», «Feria "Feria", "Feria de Muestras», «Feria Muestras", "Feria Sectorial o Monográfica» Monográfica" y «Salón "Salón Sectorial o Monográfico» Monográfico" u otras de naturaleza similar, únicamente podrán ostentar el título de oficial, cuando se trate de manifestaciones feriales de carácter comercial que cumplan lo establecido en la presente se celebren y se encuentren reconocidas con arreglo a esta Ley.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 27 de diciembre de 2009 En vigor | BOE-A-2009-90251 | Leer | Qué cambió |
| 4 de junio de 1997 | Texto original | Leer |


