Legislación › Instrucción de 12 de junio de 1997, de la Secretaría de Estado de Justicia, sobre el sistema de control del cumplimiento de la jornada y horarios establecidos en el ámbito de la Administración de Justicia.
Primera. Ámbito de aplicación.
Primera. Ámbito de aplicación.
La presente Instrucción será aplicable al personal al servicio de la Administración de Justicia regulado en el artículo 454 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y del personal laboral no transferido.


