Legislación › Real Decreto 950/1997, de 20 de junio, por el que se establece la estructura orgánica básica de diferentes Organismos autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Artículo 19. Naturaleza y régimen jurídico.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 5 de julio de 1997 y la del 7 de marzo de 2020.
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Artículo 19. Naturaleza y régimen jurídico.
1. La Agencia para el Aceite de Oliva (AAO) es un Organismo autónomo creado por Ley 28/1987, de 11 de diciembre, y adscrito al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a través de la Subsecretaría. (Derogado)
2. La Agencia tiene personalidad jurídica propia y capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines y se rige por lo establecido en su Ley de creación, en la Ley General Presupuestaria y en las demás disposiciones de aplicación a los Organismos autónomos de la Administración General del Estado.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 7 de marzo de 2020 En vigor | BOE-A-2020-3228 | Leer | Qué cambió |
| 5 de julio de 1997 | Texto original | Leer |


