Legislación › Real Decreto 950/1997, de 20 de junio, por el que se establece la estructura orgánica básica de diferentes Organismos autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Artículo 7. Naturaleza y régimen jurídico.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 5 de julio de 1997 y la del 3 de diciembre de 2000.
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Artículo 7. Naturaleza y régimen jurídico.
1. El Instituto Español de Oceanografía (IEO) es un Organismo autónomo, adscrito al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a través de la Secretaría General de Pesca Marítima, al que la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica, define como Organismo público de investigación. (Derogado)
2. El Instituto Español de Oceanografía tiene personalidad jurídica propia y capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines y se rige en sus actuaciones por lo establecido en la Ley de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica, en la Ley General Presupuestaria y en las demás disposiciones que le sean de aplicación.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 3 de diciembre de 2000 En vigor | BOE-A-2000-21831 | Leer | Qué cambió |
| 5 de julio de 1997 | Texto original | Leer |


