LexTotal

Legislación › Ley 6/1997, de 4 de julio, de Coordinación de Policías Locales de Canarias.

[Información relacionada]

Información relacionada

Téngase en cuenta que todas las referencias hechas a las escalas y empleos de la policía local se actualizan de conformidad con la modificación del art. 16.1 y según las siguientes equivalencias, tal y como determina el art. 40.2 de la Ley 9/2007, de 13 de abril. BOE-A-2007-10411:

"Escala técnica o de mando a escala superior.

Escala ejecutiva se mantiene.

Escala básica de nueva creación.

Inspector a Comisario jefe.

Subinspector a Comisario.

Oficial a Subcomisario.

Suboficial a Inspector.

Sargento a Subinspector.

Cabo a Oficial.

Policía se mantiene".

← Disposición final quinta Índice