Legislación › Circular 3/1997, de 29 de julio, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre obligaciones de información a socios y partícipes de Instituciones de Inversión Colectiva de carácter financiero y determinados desarrollos de la Orden de 10 de junio de 1997 sobre operaciones de estas instituciones en instrumentos derivados.
ANEXO 2
ANEXO 2
Índice del informe trimestral de las sociedades de inversión
1. Los informes trimestrales constarán de los siguientes apartados:
1) Identificación de la sociedad.
2) Datos económicos:
2.1 Datos generales.
2.2 Comportamiento de la sociedad.
2.3 Distribución del patrimonio.
2.4 Composición de la cartera a valor efectivo.
2.5 Posiciones abiertas en instrumentos derivados.
2.6 Política de gestión del riesgo.
2.7 Estado de variación patrimonial.
2.8 Riesgo de contraparte.
2.9 Riesgo de mercado.
Los apartados 2.8 y 2.9 sólo se han de cumplimentar para aquellas sociedades que, conforme a lo establecido en sus estatutos sociales y en su folleto, hayan operado con derivados con una finalidad distinta de la estricta cobertura de los riesgos asumidos en toda o parte de su cartera.
3) Informe de gestión.
4) Hechos relevantes.
2. La presentación de la información contenida en este informe estará ajustada a lo que la CNMV establezca, en cada momento, sobre estados financieros reservados. De esta manera se garantizará que las prácticas en la información pública reflejan innovaciones que puedan aparecer en el futuro, entre otras, sobre gestión del riesgo.
1. Identificación de la sociedad
Denominación.
Tipo de sociedad (1).
Domicilio social.
Valoración de la sociedad y objetivo de gestión (2).
Finalidad de la operativa en instrumentos derivados (3).
Fecha de constitución.
Bolsas de valores donde cotiza.
Personas que asumen la responsabilidad del informe.
Sociedad gestora (en su caso): Denominación, domicilio, grupo financiero.
Depósito (en su caso): Denominación, domicilio, grupo financiero.
Auditor.
2. Datos económicos
2.1 Datos generales (al cierre del trimestre).
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Datos generales |
Trimestre actual |
Trimestre anterior |
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Patrimonio (4) (en millones de pesetas) |
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Número de acciones en circulación |
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Valor teórico de la acción en pesetas (4) |
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Valor teórico de la acción en divisa (5) |
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Cotización media del trimestre |
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Dividendos brutos distribuidos en el período |
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Beneficio neto por acción (6) |
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Rentabilidad neta (7) |
2.2 Comportamiento de la sociedad.
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Período |
Volatilidad histórica (7) |
Rentabilidad neta – Porcentale |
Total gastos (**) – Porcentaje |
Patrim. (***) – Millones de pesetas |
Número (***) de partícipes |
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Trimestre 0 |
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Trimestre 1 |
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Trimestre 2 |
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Trimestre 3 |
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Acumulado año 0 (*) |
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Año 1 |
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Año 2 |
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Año 3 |
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Año 4 |
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Año 5 |
(*) En su caso, importes acumulados desde el inicio del ejercicio hasta la fecha de elaboración del informe.
(**) Valor teórico, valor de cotización, patrimonio y número de accionistas al final de cada partido.
2.3 Distribución del patrimonio (al cierre del trimestre, en millones de pesetas).
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Distribución del patrimonio |
Trimestre anterior |
Trimestre actual |
Porcentaje sobre patrimonio |
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(+) Cartera a valor efectivo (10): |
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Total cartera al coste |
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Total intereses |
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Plusvalías (minusvalías latentes |
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(+) Liquidez (Tesorería) |
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(+) Deudores |
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(-) Acreedores |
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(-) Efecto impositivo sobre plusvalías |
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(-) Lucro cesante |
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Total patrimonio |
100,00 |
2.4 Composición de la cartera a valor efectivo (al cierre del trimestre, en millones de pesetas).
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Descripción valor y emisor |
Trimestre actual |
Porcentaje sobre total cartera |
Trimestre anterior |
Porcentaje |
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Valor 1 |
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Valor 2 |
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Total activos monetarios |
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Valor 1 |
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Valor 2 |
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Total otros activos de RF |
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Valor 1 |
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Valor 2 |
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Total adquisición temporal |
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Total renta fija |
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Valor 1 |
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Valor 2 |
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Total renta variable |
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Valor 1 |
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Valor 2 |
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Total cartera interior |
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Valor 1 |
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Total renta fija |
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Valor 1 |
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Total renta variable |
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Total cartera exterior |
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Total cartera |
100,00 |
100,00 |
2.5 Posiciones abiertas en instrumentos derivados (al cierre del trimestre, en millones de pesetas).
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Contratos |
Número de contratos |
Fecha de vencimiento |
Mercado |
Valor de mercado |
Importe nominal comprometido |
Subyacente |
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Contrato 1 |
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Contrato 2 |
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Total compras de opciones y «warrants call» |
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Contrato 1 |
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Total compras de opciones y «warrants put» |
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Contrato 1 |
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Total compras de «caps» |
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Contrato 1 |
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Total compras de «floors» |
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Contrato 1 |
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Total otros derechos |
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Contrato 1 |
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Total derechos |
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Contrato 1 |
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Contrato 2 |
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Total compras a plazo y de futuros |
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Contrato 1 |
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Total ventas a plazo y de futuros |
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Contrato 1 |
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Total ventas de opciones y «warrants call» |
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Contrato 1 |
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|
Total ventas de opciones y «warrants put» |
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Contrato 1 |
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|
Total ventas de «caps» |
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Contrato 1 |
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Total ventas de «floors» |
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Contrato 1 |
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|
Total permutas financieras |
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Contrato 1 |
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|
Total otros compromisos |
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Total compromisos |
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Total derechos y compromisos |
2.6 Política de gestión del riesgo.
En las operaciones de cobertura se informará del resultado conjunto con la operación patrimonial cubierta, desglosándose el resultado específico de la operación patrimonial y el instrumento derivado utilizado para su cobertura.
2.7 Estado de variación patrimonial (en millones de pesetas).
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Trimestre actual |
Acumulado actual |
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Patrimonio fin período anterior: |
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± Ampliaciones/reducciones de capital (11) neto |
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– Beneficios brutos distribuidos |
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± Rendimientos netos: |
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(+) Rendimientos: |
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+ Intereses y dividendos |
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± Variaciones de precios (realizadas o no) |
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± Resultado en derivados |
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± Otros rendimientos |
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(–) Gastos de gestión corriente y servicios exteriores: |
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– Comisión de gestión |
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– Comisión de depositario |
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– Gastos por servicios exteriores y resto de gastos de gestión corriente |
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Patrimonio fin período actual |
2.8 Riesgo de contraparte.
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Contraparte |
Calificación crediticia (12) |
Entidad calificadora (13) |
Riesgo de contraparte |
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Entidad 1 |
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Entidad 2 |
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2.9 Riesgo de mercado.
Dada la diversidad de formas y la rápida evolución de las técnicas de medición del riesgo de mercado, no parece conveniente proponer un esquema uniforme conforme al que informar sobre este riesgo. En todo caso, se incluirá información cuantitativa sobre sensibilidad y exposición a los movimientos del mercado, y análisis de las pruebas de tensión efectuadas y demás información que pueda contribuir a evaluar el riesgo de mercado.
3. Informe de gestión
Habrá de contener una exposición fiel sobre la evolución de la sociedad de inversión incluyendo:
a) Visión de los gestores sobre la situación de los mercados durante el trimestre o semestre, según corresponda.
b) Explicación de la política de inversiones efectivamente seguida durante el período, y su reflejo en los resultados obtenidos (13), haciendo referencia a la información contenida en el punto 2.7.
c) Explicación razonada de los criterios utilizados en la valoración de la renta fija.
d) Fuentes de financiación ajenas utilizadas durante el período.
e) Remuneración obtenida por la liquidez mantenida por la sociedad.
f) Explicación razonada sobre la superación de los límites de inversión establecidos en el Reglamento de IIC.
g) En el supuesto de sociedades que operan en instrumentos derivados, se incluirá información sobre las operaciones efectuadas en el período. En particular, se detallará:
1. Descripción de la actividad en derivados, incluyendo la finalidad, los niveles de riesgo tolerables, los tipos de instrumentos y los mercados en los que se ha operado.
2. Explicación de los resultados acumulados en estas operaciones y su incidencia en el resultado global de la institución, en su caso, haciendo referencia a la información incluida en el punto 2.7.
3. Objetivos de las posiciones abiertas en instrumentos derivados, el contexto necesario para comprender dichos objetivos y las estrategias seguidas para conseguirlos, haciendo referencia a la información tabular incluida en el punto 2.5.
4. En caso de sociedades que sólo utilicen derivados como cobertura, calificación crediticia de las contrapartidas de las operaciones no realizadas en mercados organizados de derivados, haciendo referencia a la información tabular incluida en el punto 2.5. Identificación de las entidades calificadoras y significado de las calificaciones.
5. Política de gestión del riesgo, incluyendo una descripción de los elementos cuyos riesgos están siendo cubiertos y las clases de derivados utilizados para cubrir dichos riesgos, haciendo referencia a la información incluida en el punto 2.6.
6. Criterios y métodos de valoración aplicados para cada instrumento. Cuando no exista un mercado suficientemente líquido, se precisará el método de valoración acordado entre la sociedad gestora, o la sociedad de inversión, y el depositario. Se precisará el intervalo máximo en que hayan oscilado las cotizaciones diarias de compra y venta ofrecidas por la contraparte de la institución en instrumentos financieros derivados no negociados en mercados organizados de derivados o el intermediario financiero que haya asumido este compromiso.
7. Cualquier otra información relevante que pueda contribuir a una mejor comprensión de las operaciones realizadas por la institución en instrumentos derivados.
h) En el caso de sociedades que, conforme a lo previsto en sus estatutos y folleto, hayan operado con instrumentos derivados como inversión, adicionalmente a lo señalado en el punto anterior, se incluirá una descripción de los principales riesgos asociados con estas actividades y los niveles de riesgo tolerables. En particular, se detallará:
1. Descripción del riesgo de contraparte basado en el valor de realización de los instrumentos, incluyendo información sobre los acuerdos de compensación y colaterales, haciendo referencia y explicando la información incluida en el punto 2.8.
2. Descripción del riesgo de mercado de las posiciones abiertas, haciendo referencia y explicando la información cuantitativa incluida en el punto 2.9.
4. Hechos relevantes
a) Existencia de accionistas con participación significativa en el capital de la sociedad. En su caso, indicación de número de acciones cada uno y porcentaje sobre el capital social. No será necesaria la identificación de estos accionistas, salvo que se trate de entidades pertenecientes al mismo grupo que la sociedad o el depositario (en caso de SIMCAV).
b) Tipo de contrato establecido con la entidad gestora (gestión global, gestión del total del activo, gestión de parte del activo).
c) Tipo de relación existente entre entidad gestora y depositario.
d) Operaciones de adquisición y venta de valores en los que, bien la entidad gestora, bien el depositario, haya sido vendedor o comprador, respectivamente.
e) Remuneraciones percibidas por los Consejeros durante el ejercicio actual.
f) Descripción detallada de las operaciones no negociadas en mercados organizados derivados realizadas con entidades del grupo, incluyendo la información necesaria para verificar que se han realizado a precios de mercado.
g) Cualquier otro hecho relevante de los contemplados en el artículo 10.4 del Reglamento de IIC.
h) En el supuesto de sociedades que invierten en otras IIC extranjeras, se informará sobre las comisiones y gastos soportados por la IIC española que invierte en otras IIC.
i) Cualquier acontecimiento importante ocurrido desde el último informe trimestral, y que afecte a la marcha de la sociedad de inversión.
Notas aclaratorias:
(1) SIM/SIMCAV.
(2) Precisar la vocación inversora y objetivos de gestión previstos en el folleto.
(3) Se indicará si la IIC tiene previsto realizar operaciones en instrumentos derivados con la finalidad de cobertura de riesgos o inversión para gestionar de un modo más eficaz la cartera, o en el marco de una gestión encaminada a la consecución de un objetivo de rentabilidad que, en su caso, deberá estar concretamente descrito en el folleto.
(4) Definido conforme a lo previsto en la Circular 8/90 de la CNMV, modificada por la Circular 4/93.
(5) Se informará sólo en el caso de sociedades que también calculen el valor teórico en una divisa distinta de la peseta.
(6) Para las SIM, se informará el beneficio neto por acción definido como el cociente entre el saldo de la cuenta Resultados del ejercicio, después de impuestos, y el número de acciones.
(7) Para las SIMCAV, la rentabilidad neta se define como la variación porcentual entre la suma del valor teórico a la fecha de referencia y los beneficios brutos distribuidos desde el inicio del período de que se trate y el valor teórico del día anterior al inicio de dicho período. Por ejemplo, para el cálculo de la rentabilidad neta del trimestre, los valores teóricos a comparar, calculados de acuerdo con lo establecido en la Circular 8/90, de 27 de diciembre de 1990, serán el del día último del trimestre objeto del informe y el día último del trimestre anterior, sumando a aquél los beneficios distribuidos durante el trimestre. Esta información no se presentará de forma anualizada.
(8) En pesetas efectivas, media diaria.
(9) Número de días sobre días hábiles del período, expresado en porcentaje.
(10) Incluye total cartera a valor efectivo (del cuadro 2.4) más total derechos a valor de mercado (del cuadro 2.5).
(11) Incluye compraventas de acciones propias.
(12) Se hará mención expresa a los datos identificativos de las entidades calificadoras así como el significado de las calificaciones crediticias por ellas otorgadas.
(13) Se definirá la política de inversión seguida durante el período debiendo pronunciarse sobre las inversiones realizadas, entre otros, conforme los siguientes puntos:
a) Inversiones en renta fija privada, renta variable, fondos públicos, activos del mercado monetario, etc.
b) Plazo y duración de las inversiones.
c) Estrategia sectorial (especificar los sectores).
d) Estrategia geográfica (especificar los países).
e) Estrategia económica (especificar las divisas).
f) Otros.


