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Legislación › Ley 6/1997, de 8 de enero, de Protección Pública a la Vivienda de la Comunidad de Madrid.

Disposición final primera. Autorización.

Disposición final primera. Autorización.

Se autoriza al Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid a dictar cuantas disposiciones de aplicación y desarrollo de la presente Ley sean necesarias.

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