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Legislación › Real Decreto 1429/1997, de 15 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento General de adquisición y pérdida de la condición de militar de carrera del Cuerpo de la Guardia Civil y de situaciones administrativas del personal de dicho Cuerpo.

Artículo 24. Nombramiento para órganos de gobierno.

Artículo 24. Nombramiento para órganos de gobierno.

El pase a la situación de excedencia por la causa d) del artículo 21 surtirá efectos desde la fecha de nombramiento.

Los que pasen a la situación de excedencia voluntaria por esta causa pasarán a la situación de disponible el día siguiente al de su cese en los cargos que desempeñen.

Se considerarán altos cargos, a los efectos de este Reglamento, tanto en la Administración del Estado como en la Autonómica, los de rango igual o superior al de Director general.

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