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Legislación › Real Decreto 1428/1997, de 15 de septiembre, por el que se regula la pesca con artes menores en el caladero del Golfo de Cádiz.

ANEXO III

ANEXO III

Limitaciones en el uso de trampas

La geometría y características técnicas de las nasas se ajustarán a los usos y costumbres de la zona, y serán tales que garanticen la selectividad suficiente para evitar las capturas de especies distintas a las que van dirigidas así como la de ejemplares juveniles.

1. Longitud máxima de las caceas de nasas: 2.000 metros.

2. Número máximo de nasas por embarcación: 250. No obstante, en el caso de los alcatruces el máximo por embarcación será de 1.000 unidades.

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