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Legislación › Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración Local de Galicia.

Artículo 183.

Artículo 183.

Los recursos económicos precisos para cubrir el coste efectivo de la competencia delegada serán librados por la Consejería de Economía y Hacienda, mediante las correspondientes bajas presupuestarias.

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