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Legislación › Orden de 29 de septiembre de 1997 por la que se regulan la concesión, las características y el uso de la Medalla y la Placa al Mérito del Transporte Terrestre.

Artículo 3.

Artículo 3.

La Placa al Mérito del Transporte Terrestre tiene por objeto, de acuerdo asimismo con lo establecido por el artículo 2 del Real Decreto 1425/1997, premiar las actividades desarrolladas por organismos, instituciones, entidades y empresas, de carácter público o privado, nacionales o extranjeras, que se hayan destacado por la realización continuada de actuaciones de especial significación o contribución al desarrollo y a la mejora del sector del transporte terrestre.

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