Legislación › Ley 3/1997, de 28 de mayo, de Ordenación Farmacéutica de la Región de Murcia.
Disposición final segunda.
Disposición final segunda.
La presente Ley entrará en vigor al mes de su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia», sin perjuicio de lo dispuesto en las disposiciones transitorias de esta Ley.


