LexTotal

Legislación › Ley 4/1997, de 10 de julio, de Cajas de Ahorro de Castilla-La Mancha.

Artículo 17.

Artículo 17.

1. La Asamblea General es el órgano supremo de gobierno y decisión de las Cajas de Ahorros. Está constituida por las representaciones de los intereses sociales y colectivos del ámbito de actuación de la Caja.

2. Los miembros de la Asamblea General reciben la denominación de Consejeros Generales. Gozan de los derechos de asistencia a las sesiones de este órgano; de voto para la adopción de sus acuerdos; y de información sobre los asuntos que a la Asamblea se sometan.

← Artículo 16 Índice Artículo 18 →