LexTotal

Legislación › Real Decreto 1684/1997, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Funcionamiento del Consejo General de Formación Profesional.

Artículo único.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 19 de noviembre de 1997 y la del 12 de septiembre de 2026. Tachado: lo que se quitó (45 palabras). Subrayado: lo que se añadió (11 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo único.
1. Se aprueba el Reglamento de Funcionamiento del Consejo General de Formación Profesional, creado por la Ley 1/1986, de 7 de enero, modificada por la Ley 19/1997, de 9 de junio, cuyo texto figura como anexo de la presente disposición. se inserta a continuación.
2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el Reglamento que por este Real Decreto real decreto se aprueba será de aplicación, con carácter supletorio, lo previsto para los órganos colegiados en el capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, 40/2015, de 26 1 de noviembre, octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Sector Público.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
12 de septiembre de 2026 En vigor BOE-A-2026-18998 Leer Qué cambió
19 de noviembre de 1997 Texto original Leer

Índice Disposición derogatoria única →