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Legislación › Orden de 25 de noviembre de 1997 por la que se regula la inspección técnica de los vehículos de la Dirección General de la Policía.

Artículo 1.

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Artículo 1.
1. La inspección técnica de vehículos adscritos a la Dirección General de la Policía se realizará en las estaciones ITV propias, fijas o móviles, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 2042/1994, con las peculiaridades establecidas en la presente Orden y de acuerdo con el manual de procedimientos de inspección de las estaciones ITV, elaborado por el Ministerio de Industria y Energía.
2. En aquellas localidades donde no existan estaciones ITV propias de la Dirección General de la Policía, la inspección de los vehículos adscritos a la misma se efectuará en cualquier estación ITV de la red de estaciones del territorio nacional.
3.
Las inspecciones periódicas de los vehículos cuyas especiales características no les permitan el paso por cualquier línea de inspección se realizarán fuera de ésta, en las condiciones que determine la Dirección General de la Policía.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
16 de junio de 1999 En vigor BOE-A-1999-13197 Leer Qué cambió
19 de diciembre de 1997 Texto original Leer

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