Legislación › Orden de 25 de noviembre de 1997 por la que se regula la inspección técnica de los vehículos de la Dirección General de la Policía.
preambulo
La inspección técnica de vehículos viene establecida y regulada en el Real Decreto 2042/1994, de 14 de octubre, que sustituyó al anterior Real Decreto 2344/1985, de 20 de noviembre, que regulaba esta materia, ante la necesidad de adaptar la misma a las exigencias del momento.
El artículo 2.2 del citado Real Decreto 2042/1994, determina que la inspección previa a la matriculación y la periódica que corresponde a los vehículos automóviles y remolques pertenecientes a las Fuerzas Armadas, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas se podrá llevar a cabo por los propios organismos encargados de su mantenimiento y utilización.
Asimismo, se indica que las normas que se dicten al respecto revestirán la forma de Orden del Ministro de la Presidencia, en concordancia con lo dispuesto en el referido Real Decreto y teniendo en cuenta las técnicas contenidas en el manual de procedimiento de inspección en las estaciones ITV, elaborado por el Ministerio de Industria y Energía.
Por lo que se refiere al parque de vehículos de la Dirección General de la Policía, el número y tipología de las unidades que lo integran y las características que concurren en los mismos en cuanto a matriculación, gestión, uso y control, hacen necesario habilitar un procedimiento específico para la realización de las inspecciones técnicas requeridas por los propios servicios de la citada Dirección General.
En su virtud, a propuesta de los Ministros del Interior y de Industria y Energía, dispongo:


