Legislación › Circular 4/1997, de 26 de noviembre, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre criterios de valoración y condiciones de inversión de las Instituciones de Inversión Colectiva en valores no cotizados.
ANEXO
Comparación entre la redacción en vigor desde el 13 de diciembre de 1997 y la del 31 de marzo de 2009.
Tachado: lo que se quitó (705 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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ANEXO
El informe trimestral de las IIC que inviertan en valores no cotizados se ajustará al contenido establecido en los anexos 1 y 2 de la Circular 1/1991, de 23 de enero, según redacción dada por la Circular 3/1997, de 29 de julio, de la CNMV, con las siguientes particularidades: (Derogado)
1. La nota aclaratoria (2) del apartado «1. Identificación del fondo/sociedad» de los anexos 1 y 2, se sustituirá por la siguiente:
«(2) Precisar la vocación inversora y objetivos de gestión previstos en el folleto, con mención expresa y destacada a la inversión en valores no cotizados.»
2. El apartado «2.4 Composición de la cartera a valor efectivo (al cierre del trimestre, en millones de pesetas)» de los anexos 1 y 2, se sustituirá por el siguiente:
«2.4 Composición de la cartera a valor efectivo (al cierre del trimestre, en millones de pesetas):
Descripción valor y emisor
·
Trimestre actual
·
Porcentaje sobre total cartera
·
Trimestre anterior
·
Porcentaje sobre total cartera
·
Valor 1
·
·
·
·
·
Total Activos Monetarios
·
·
·
·
·
Valor 1
·
·
·
·
·
Total Otros Activos de RF Cotizada
·
·
·
·
·
Valor 1
·
·
·
·
·
Total Adquisición Temporal
·
·
·
·
·
Total Renta Fija Cotizada
·
·
·
·
·
Valor 1
·
·
·
·
·
Total Renta Variable Cotizada
·
·
·
·
·
Valor 1
·
·
·
·
·
Total Cartera Interior
·
·
·
·
·
Valor 1
·
·
·
·
·
Total Renta Fija Cotizada
·
·
·
·
·
Valor 1
·
·
·
·
·
Total Renta Variable Cotizada
·
·
·
·
·
Total Cartera Exterior
·
·
·
·
·
Total Cartera de Valores Cotizados
·
·
·
·
·
Valor 1
·
·
·
·
·
.....
·
·
·
·
·
Total Renta Fija No Cotizada
·
·
·
·
·
Valor 1
·
·
·
·
·
.....
·
·
·
·
·
Total Renta Variable No Cotizada
·
·
·
·
·
Total Cartera de Valores No Cotizados
·
·
·
·
·
Total Cartera
·
·
100,00
·
·
100,00.»
·
3. Se añade un apartado 2.4 bis a los anexos 1 y 2 con el siguiente contenido:
«2.4.bis Política de inversión en valores no cotizados.
Información detallada sobre las adquisiciones y enajenaciones de valores no cotizados realizadas durante el trimestre y de los resultados obtenidos en la operativa con estos valores. Explicación de las circunstancias en las que se basa el reconocimiento de plusvalías o minusvalías latentes para cada uno de los valores no cotizados en la cartera de la institución, así como de la existencia de compromisos, derechos o pactos de recompra de tales valores.»
4. En el apartado 3, Informe de gestión, de los anexos 1 y 2, se incluirán, respectivamente, las letras h) e i), con el siguiente contenido:
«h)/i) En el supuesto de fondos/sociedades de inversión que inviertan en valores no cotizados se incluirá información completa y fidedigna sobre los siguientes puntos:
1) Descripción de la política de inversión efectivamente seguida durante el período en valores no cotizados (11)/(13) y su reflejo en los resultados globales obtenidos por la IIC, haciendo referencia a la información contenida en el punto 2.7.
2) Resumen de los criterios utilizados para la valoración de las inversiones en valores no cotizados, de las incidencias que se hubieran podido producir en la obtención de la información a que se refiere el punto 4 de la norma 3.a de la presente Circular, así como de las variaciones o modificaciones en los métodos de valoración aplicados y de las razones que las justifican.
3) Explicación razonada sobre la superación de los límites establecidos para las inversiones en valores no cotizados y las correspondientes medidas adoptadas.»
5. En el apartado 4, Hechos relevantes, de los anexos 1 y 2, se incluirán, respectivamente, las letras h) o j), con el siguiente contenido:
«h)/j) Información sobre todo hecho o decisión relevante y sobre cualquier circunstancia de carácter contingente que afecte o pueda influir de forma significativa en el valor efectivo o en la liquidez de las inversiones no cotizados en la cartera de la IIC.»
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de marzo de 2009 En vigor | BOE-A-2008-16091 | Leer | Qué cambió |
| 13 de diciembre de 1997 | Texto original | Leer |


