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Legislación › Circular 4/1997, de 26 de noviembre, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre criterios de valoración y condiciones de inversión de las Instituciones de Inversión Colectiva en valores no cotizados.

Norma 5.ª Tratamiento contable de las inversiones en valores no cotizados.

Norma 5.ª Tratamiento contable de las inversiones en valores no cotizados.

El tratamiento contable de las inversiones de las IIC en valores no cotizados se ajustará a lo previsto en esta sección, a los principios establecidos en la norma 6.a de la Circular 7/1990, de 27 de diciembre, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre normas contables y estados financieros reservados de Instituciones de Inversión Colectiva (en adelante Circular 7/1990), y a los criterios generales que les sean de aplicación recogidos en las normas 9.a 2.A, 10 y 11 de la mencionada Circular. En lo no previsto en las normas anteriores, se estará a lo dispuesto en el Código de Comercio, Ley de Sociedades Anónimas y el Plan General de Contabilidad.

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