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Legislación › Ley 5/1997, de 26 de noviembre, del Consejo Económico y Social de Andalucía.

Artículo 7.

Artículo 7.

El Consejo Económico y Social de Andalucía podrá recabar de las Administraciones Públicas, directamente o a través del Consejo de Gobierno, los informes, documentación y asesoramiento necesarios para el desempeño de su labor.

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