Legislación › Ley 5/1997, de 26 de noviembre, del Consejo Económico y Social de Andalucía.
Artículo 7.
Artículo 7.
El Consejo Económico y Social de Andalucía podrá recabar de las Administraciones Públicas, directamente o a través del Consejo de Gobierno, los informes, documentación y asesoramiento necesarios para el desempeño de su labor.


