LexTotal

Legislación › Ley 5/1997, de 26 de noviembre, del Consejo Económico y Social de Andalucía.

Disposición final segunda.

Disposición final segunda.

El Pleno del Consejo Económico y Social de Andalucía elaborará, en el plazo de dos meses desde su constitución, el Reglamento de Organización y Funcionamiento, para cuya aprobación requerirá en primera votación la mayoría de dos tercios de los miembros del Pleno del Consejo y en segunda votación la mayoría absoluta de aquéllos. A efectos de general conocimiento se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».

← Disposición final primera Índice Disposición final tercera →