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Legislación › Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.

Disposición adicional vigésima séptima. Modificación de la Ley de Ordenación General del Sistema Educativo.

Disposición adicional vigésima séptima. Modificación de la Ley de Ordenación General del Sistema Educativo.

El primer inciso de la disposición adicional primera de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo queda redactado en los siguientes términos:

«El Gobierno, previo informe de las Comunidades Autónomas, aprobará el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, que tendrá un ámbito temporal de doce años a partir de la publicación de la presente Ley.»

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