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Legislación › Ley 12/1997, de 3 de diciembre, de Parques Culturales de Aragón.

Artículo 8. Contenido de la declaración.

Artículo 8. Contenido de la declaración.

La declaración de un Parque Cultural incluirá las especificaciones relativas a su delimitación, así como a la enumeración, descripción y definición de las partes relevantes de especial protección, y, si procede, a pertenencias, accesorios y entorno de las mismas.

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