Legislación › Ley 7/1997, de 20 de noviembre, de la Investigación y el Desarrollo Tecnológico.
Disposición final primera.
Disposición final primera.
Se autoriza al Gobierno de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación de la presente Ley.
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