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Legislación › Ley 16/1996, de 27 de noviembre, reguladora de las actuaciones inspectoras y de control en materia de servicios sociales y de modificación del Decreto Legislativo 17/1994, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la fusión de las Leyes 12/1983, 26/1985 y 4/1994, en materia de asistencia y servicios sociales.

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

La presente Ley es de aplicación a los establecimientos de servicios sociales situados en el territorio de Cataluña, a los servicios sociales que se prestan en Cataluña, así como a las entidades de servicios sociales titulares de los citados servicios o establecimientos, independientemente del lugar donde tengan su sede social o domicilio legal.

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