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Orden de 14 de febrero de 1997 por la que se establecen determinados requisitos en la prescripción y dispensación de fórmulas magistrales y preparados oficinales para tratamientos peculiares.
En vigor Ministerio de Sanidad y Consumo · Publicada el 26 de febrero de 1997 · Último cambio el 26 de febrero de 1997 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- Artículo 1. Ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Requisitos especiales en su prescripción y dispensación.
- Artículo 3. Criterios a seguir para la prescripción y dispensación en fórmulas magistrales y preparados oficinales.
- Artículo 4. Dispensación y anotación en el libro recetario de la oficina de farmacia.
- Artículo 5. Identificación.
- Artículo 6. Inspección y control.
- Artículo 7. Carácter confidencial.
- Artículo 8. Comercialización de fórmulas magistrales y preparados oficinales.
- Artículo 9. Tipificación de faltas y sanciones.
- Disposición adicional primera. Carácter básico y de legislación sobre productos farmacéuticos.
- Disposición adicional segunda. Sustancias y preparados psicotrópicos.
- Disposición adicional tercera. Plantas medicinales.
- Disposición transitoria única. Plazo de adaptación de los tratamientos.
- [firma]


