Legislación › Ley 10/1996, de 17 de diciembre, de creación del Colegio Profesional de Podólogos de la Región de Murcia.
Disposición transitoria.
Disposición transitoria.
En el plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, los Estatutos aprobados por la Asociación de Podólogos de la Región de Murcia deberán someterse al órgano competente de la Comunidad Autónoma de Murcia, para que dictamine sobre su legalidad y, en su caso, ordene su inserción en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia».


