Legislación › Ley 4/1997, de 24 de marzo, de Sociedades Laborales.
Disposición transitoria primera.
Disposición transitoria primera.
Los expedientes relativos a las Sociedades Anónimas Laborales que se encuentren tramitándose a la entrada en vigor de esta Ley se resolverán por las normas vigentes en la fecha de su iniciación.
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