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Legislación › Ley 4/1997, de 24 de marzo, de Sociedades Laborales.

Disposición transitoria tercera.

Disposición transitoria tercera.

Las Sociedades Anónimas Laborales que actualmente tengan concedido el beneficio de libertad de amortización a que se refiere el punto 2 del artículo 20 de la Ley 15/1986, de 25 de abril, continuarán disfrutando de dicho beneficio hasta la finalización del plazo y en los términos autorizados.

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