Legislación › Ley 7/1997, de 14 de abril, de medidas liberalizadoras en materia de suelo y de Colegios profesionales.
Disposición final primera.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 16 de abril de 1997 y la del 4 de mayo de 1998.
Tachado: lo que se quitó (30 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Disposición final primera.
Al amparo de las cláusulas 1.ª, 8.ª, 13.ª, 18.ª y 23.ª del artículo 149.1 de la Constitución, se declara el carácter de legislación básica del artículo 2 de esta Ley. (Derogada)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 4 de mayo de 1998 En vigor | BOE-A-1998-8788 | Leer | Qué cambió |
| 16 de abril de 1997 | Texto original | Leer |
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