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Legislación › Ley 7/1997, de 14 de abril, de medidas liberalizadoras en materia de suelo y de Colegios profesionales.

Disposición final primera.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 16 de abril de 1997 y la del 4 de mayo de 1998. Tachado: lo que se quitó (30 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición final primera.
Al amparo de las cláusulas 1.ª, 8.ª, 13.ª, 18.ª y 23.ª del artículo 149.1 de la Constitución, se declara el carácter de legislación básica del artículo 2 de esta Ley. (Derogada)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
4 de mayo de 1998 En vigor BOE-A-1998-8788 Leer Qué cambió
16 de abril de 1997 Texto original Leer

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