Legislación › Ley 12/1996, de 19 de diciembre, de Ayuda a las Víctimas del Terrorismo.
Artículo 10. Límite máximo.
Artículo 10. Límite máximo.
1. Se establece un límite máximo de subvención de 7.000.000 de pesetas por siniestro y solicitante.
2. Para la aplicación de este límite se tomarán en consideración las ayudas concedidas al amparo de este capítulo y del capítulo V.


