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Legislación › Ley 12/1996, de 19 de diciembre, de Ayuda a las Víctimas del Terrorismo.

Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.

Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.

Se autoriza al Consejo de Gobierno para dictar cuantas disposiciones reglamentarias requiera el desarrollo de la presente Ley.

Se faculta a los Consejeros competentes para la aprobación de cada tipo de ayuda, para que dicten las disposiciones de desarrollo de esta Ley que resulten necesarias, en cada modalidad.

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