Legislación › Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases.
Artículo 21. Competencia sancionadora.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 26 de abril de 1997 y la del 30 de julio de 2011.
Tachado: lo que se quitó (19 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Artículo 21. Competencia sancionadora.
El ejercicio de la potestad sancionadora prevista en este capítulo corresponde a los órganos competentes de las Comunidades Autónomas. (Derogado)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de julio de 2011 En vigor | BOE-A-2011-13046 | Leer | Qué cambió |
| 26 de abril de 1997 | Texto original | Leer |


