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Legislación › Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases.

Artículo 22. Publicidad de las sanciones.

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Artículo 22. Publicidad de las sanciones.
El órgano que ejerza la potestad sancionadora podrá acordar la publicación, a través de los medios que considere oportunos, de las sanciones impuestas por la comisión de infracciones graves y muy graves, una vez que éstas hayan adquirido firmeza en vía administrativa o, en su caso, jurisdiccional, así como los nombres, apellidos o denominación o razón social de las personas físicas o jurídicas responsables y la índole y naturaleza de las infracciones. (Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de julio de 2011 En vigor BOE-A-2011-13046 Leer Qué cambió
26 de abril de 1997 Texto original Leer

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