LexTotal

Legislación › Ley 3/1998, de 2 de marzo, de la Cámara Agraria.

Artículo 23. Administración electoral.

Artículo 23. Administración electoral.

1. La Administración electoral tendrá por finalidad garantizar la transparencia y objetividad del proceso electoral, así como la aplicación efectiva del principio de igualdad.

2. Dicha Administración está constituida a los efectos de esta Ley por:

La Junta Electoral.

Las Mesas Electorales.

← Artículo 22 Índice Artículo 24 →