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Legislación › Real Decreto 926/1998, de 14 de mayo, por el que se regulan los fondos de titulación de activos y las sociedades gestoras de fondos de titulización.

Disposición final única. Habilitación normativa.

Disposición final única. Habilitación normativa.

Sin perjuicio de las habilitaciones específicas contenidas en el presente Real Decreto, el Ministro de Economía y Hacienda y, con su habilitación expresa, la Comisión Nacional del Mercado de Valores, podrán dictar las disposiciones que resulten necesarias para la ejecución y desarrollo del mismo. En especial, podrán dictar reglas específicas relativas a la contabilidad, formato y contenido de las cuentas anuales e informes de gestión de los fondos, alcance y contenido de los informes especiales de auditores u otros expertos independientes y obligaciones de información de los fondos de titulización y sus sociedades gestoras.

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