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Legislación › Real Decreto 991/1998, de 22 de mayo, por el que se crea el Consejo para las Emisiones y Retransmisiones Deportivas.

Artículo 2. Adscripción orgánica.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 24 de mayo de 1998 y la del 4 de julio de 2001. Tachado: lo que se quitó (3 palabras). Subrayado: lo que se añadió (4 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 2. Adscripción orgánica.
El Consejo para las Emisiones y Retransmisiones Deportivas queda adscrito, adscrito sin perjuicio de su autonomía funcional, al Ministerio de Educación Educación, Cultura y Cultura. Deporte.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
4 de julio de 2001 En vigor BOE-A-2001-12769 Leer Qué cambió
24 de mayo de 1998 Texto original Leer

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