Legislación › Real Decreto 991/1998, de 22 de mayo, por el que se crea el Consejo para las Emisiones y Retransmisiones Deportivas.
Artículo 2. Adscripción orgánica.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 24 de mayo de 1998 y la del 4 de julio de 2001.
Tachado: lo que se quitó (3 palabras). Subrayado: lo que se añadió (4 palabras).
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Artículo 2. Adscripción orgánica.
El Consejo para las Emisiones y Retransmisiones Deportivas queda adscrito, adscrito sin perjuicio de su autonomía funcional, al Ministerio de Educación Educación, Cultura y Cultura. Deporte.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 4 de julio de 2001 En vigor | BOE-A-2001-12769 | Leer | Qué cambió |
| 24 de mayo de 1998 | Texto original | Leer |


