LexTotal

Legislación › Ley 5/1998, de 17 de abril, de Puertos de Cataluña.

Artículo 4. Elementos y características técnicas.

Artículo 4. Elementos y características técnicas.

Sin perjuicio de lo que dispone la presente Ley, las características técnicas, los elementos, los servicios y otros requisitos que con carácter mínimo deben tener los puertos, las dársenas, las instalaciones marítimas y las marinas interiores se determinan por vía reglamentaria de acuerdo con su naturaleza o destino.

← Artículo 3 Índice Artículo 5 →