Legislación › Ley 5/1998, de 17 de abril, de Puertos de Cataluña.
Disposición adicional cuarta. Gestión de las infraestructuras portuarias situadas en Barcelona.
Disposición adicional cuarta. Gestión de las infraestructuras portuarias situadas en Barcelona.
La Generalidad, en ejercicio de sus competencias, puede delegar al Ayuntamiento de Barcelona, en los términos que se acuerden entre ambas administraciones, las competencias relacionadas con la gestión de las infraestructuras portuarias situadas en esta ciudad.
Se añade por el art. 203 de la Ley 5/2017, de 28 de marzo. BOE-A-2017-7353
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