Legislación › Ley 2/1998, de 26 de marzo, de Sociedades Cooperativas de Extremadura.
Artículo 137. Obligación de auditar las cuentas.
Artículo 137. Obligación de auditar las cuentas.
Las sociedades cooperativas de viviendas, antes de presentar sus cuentas anuales de la Asamblea General ordinaria para su estudio o aprobación, han de someterlas a una auditoría de cuentas. Esta obligación legal subsistirá en tanto no se produzca la adjudicación o cesión a los socios de las viviendas o locales.


