Legislación › Real Decreto 862/1998, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Instituto de Toxicología.
Artículo 9. El Director de Delegación.
Artículo 9. El Director de Delegación.
1. El puesto de Director de Delegación será provisto por el sistema de libre designación, mediante convocatoria pública en la que podrán participar facultativos del Instituto de Toxicología y médicos forenses, y en la que se valorará especialmente la competencia técnica y la experiencia de los candidatos.
2. Bajo la dependencia del Director del Departamento, ejercerá las funciones indicadas en el artículo 8 que le sean de aplicación, referidas a su ámbito orgánico y territorial.


