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Legislación › Ley 2/1998, de 12 de mayo, Valenciana de la Música.

Artículo 53. De la Banda de Música de la Generalidad Valenciana.

Artículo 53. De la Banda de Música de la Generalidad Valenciana.

1. Se crea la Banda de Música de la Generalidad Valenciana con carácter profesional.

2. La composición y funcionamiento de la Banda de Música de la Generalidad Valenciana será regulada reglamentariamente.

3. La Banda de Música de la Generalidad Valenciana se adscribe al Instituto Valenciano de la Música.

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