Legislación › Orden de 10 de junio de 1998 por la que se crea el Comité Consultivo del Sector Pesquero.
Artículo 2. Estructura.
Artículo 2. Estructura.
1. El Comité Consultivo del Sector Pesquero estará integrado por representantes del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y de las organizaciones o asociaciones de empresarios y trabajadores del sector pesquero de mayor implantación.
2. Cuando la naturaleza de los asuntos a tratar lo aconseje podrán participar en las reuniones del Comité representantes de las Comunidades Autónomas.
3. Asimismo, podrán ser convocadas a las reuniones expertos de reconocido prestigio cuando se considere necesario.
4. El Comité Consultivo del Sector Pesquero se adscribe a la Secretaría General de Pesca Marítima.


