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Legislación › Ley 11/1997, de 2 de diciembre, de regulación del sector eléctrico canario.

Artículo 11. Red de transmisión.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 9 de diciembre de 1997 y la del 27 de marzo de 1998. Tachado: lo que se quitó (0 palabras). Subrayado: lo que se añadió (57 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 11. Red de transmisión.
Se considera red de transporte a aquellas líneas, instalaciones de conexión o transformación con tensiones superiores a 220 Kv, y aquellas otras instalaciones, cualquiera que sea su tensión, que cumplan funciones de transporte.
Téngase en cuenta que se suspende la vigencia y aplicación de este precepto desde el 7 de marzo de 1998 para las partes en el proceso y desde el 27 de marzo de 1998 para los terceros, por providencia del TC de 17 de marzo de 1998, que admite a trámite el Recurso de inconstitucionalidad 997/1998. BOE-A-1998-7074

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
29 de marzo de 2011 En vigor BOE-A-2011-5704 Leer Qué cambió
25 de julio de 1998 BOE-A-1998-17790 Leer Qué cambió
27 de marzo de 1998 BOE-A-1998-7074 Leer Qué cambió
9 de diciembre de 1997 Texto original Leer

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