Legislación › Ley 11/1997, de 2 de diciembre, de regulación del sector eléctrico canario.
Artículo 11. Red de transmisión.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 27 de marzo de 1998 y la del 25 de julio de 1998.
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Artículo 11. Red de transmisión.
Se considera red de transporte a aquellas líneas, instalaciones de conexión o transformación con tensiones superiores a 220 Kv, y aquellas otras instalaciones, cualquiera que sea su tensión, que cumplan funciones de transporte.
Téngase en cuenta que se suspende la vigencia y aplicación de este precepto desde el 7 de marzo de 1998 para las partes en el proceso y desde el 27 de marzo de 1998 para los terceros, por providencia del TC de 17 de marzo de 1998, que admite a trámite el Recurso de inconstitucionalidad 997/1998. BOE-A-1998-7074
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 29 de marzo de 2011 En vigor | BOE-A-2011-5704 | Leer | Qué cambió |
| 25 de julio de 1998 | BOE-A-1998-17790 | Leer | Qué cambió |
| 27 de marzo de 1998 | BOE-A-1998-7074 | Leer | Qué cambió |
| 9 de diciembre de 1997 | Texto original | Leer |


